DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero (1°) de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, AUTORIZA EL TRASLADO del penado AQUILINO JOSÉ RODRÍGUEZ RUIZ, plenamente identificado en autos, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.237.569, desde su centro de reclusión (Penitenciaría General de Venezuela) hasta la sede de la CASA DE LA JUVENTUD, ubicada en la Av. Miranda al lado de la 44 Brigada Blindada, de esta ciudad y Estado, con el objeto de que pueda estar presente en el acto de premiación que se llevará a cabo en esta última sede, el día 18 de los corrientes a las 02:00 horas de la tarde (p.m.), con motivo, de ser uno de los premiados por su participación en el 1ER. FESTIVAL DE MÚSICA LLANERA JUVENTUD 2006; todo ello, en cumplimiento a los fines establecidos en los artículos 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 de la.....