Por los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal de PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por NAKOR ALEXANDER HERNANDEZ MEJIAS venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 10.272.703 y de este domicilio contra HEIDI MARIA DIAZ CUENCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 12.903.559, con fundamento en el ordinal Segundo (2do.) del Artículo l85 del Código Civil, quedando en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 20 de mayo del año 2.000, según consta copia certificada del Acta de Matrimonio N° 82 folio 245 fte y vto. del año 2.000, cursante a los autos, emanada del Registro Civil del Municipio Francisco de Miranda de esta ciudad de Cal.....