Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, decide: PRIMERO: Se admite la acusación fiscal en contra del imputado MALAVE MARTÍNEZ EDUARDO JOSÉ, de nacionalidad venezolana, natural de Caja Seca, estado Zulia, donde nació el día 05/04/1994, de 24 años de edad, hijo de RUBIELA DE MALAVER (v) y de HÉCTOR ENNRIQUE MALAVER (v), de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, con residencia en el sector Divino Niño, calle La Morera, casa S/N, (Cerca del Mercal) San Juan de los Morros, Estado Guárico, teléfono 0414-469.10.28, titular de la cédula de identidad número V-22.610.060, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la adolescente N.G.M.G. (Identidad omitida por mandato legal), de conformidad con lo establecido el artículo 313 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal; así como los med.....