Decisiones del dia 24/11/2008
N° Expediente :
1304-08
N° Sentencia :
90
Fecha: 24/11/2008
Procedimiento: Desalojo Arrendaticio
Partes: MARIA ROSANA GONZALEZ DE MOTA CONTRA LA CIUDADANA CARMEN DAMELYS MOTA BELLO
Resumen:
Con apoyo a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO , intento la ciudadana: MARIA ROSANA GONZALEZ DE MOTA contra la ciudadana CARMEN DAMELYS MOTA BELLO todos identificados plenamente en el cuerpo del presente fallo y como consecuencia de ello declara RESUELTO el contrato de arrendamiento verbal entre ellas celebrado y como consecuencia de ello se CONDENA esta última a devolver el inmueble objeto del contrato de arrendamiento resuelto, que consiste en una casa de habitación ubicada en la Urbanización Rómulo Gallegos, Sector 4, Vereda 9, casa Nº 5 en esta ciudad, completamente desocupado, libre de personas y bienes; así mismo a cancelar el monto de OCHOCIENTOS BOLIVARES .....
Juez/Ponente:
Janilbet Coromoto Morales Bautista
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz
N° Expediente :
JP01-P-2008-003901
N° Sentencia :
Fecha: 24/11/2008
Procedimiento: Entrega De Vehiculo
Partes: SOLICITANTE: CIUDADANO, EVANDRO JOSÉ MARCHAN DÍAZ. FISCALÍA AUXILIAR TERCERA (3ª) DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO GUÁRICO.
Resumen:
Decreta: La ENTREGA O DEVOLUCIÓN del vehículo automotor, cuyas características son: tipo: MOTO, marca: BERA, modelo: JAGUAR 150-2, color: AMARILLO, año: 2007, placas: (SIN PLACAS), serial del motor: 162FMJ70014718, serial de carrocería o cuadro: LPGPCJ3B270313495, a favor del solicitante, ciudadano EVANDRO JOSÉ MARCHAN DÍAZ; y en consecuencia, se declara CON LUGAR su solicitud, objeto de este fallo; todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con lo estipulado en el artículo 26 de la Carta Fundamental.
Juez/Ponente:
Beatriz Josefina Ruiz Marín
Organo:
Tribunal Primero de Control
N° Expediente :
JP01-P-2008-004182
N° Sentencia :
Fecha: 24/11/2008
Procedimiento: Aud. De Presentación Y Medida Cautelar Sustitutiva
Partes: IMPUTADOS: CARLOS ASDRUBAL MACHADO MORENO Y ROBINSON MIGUEL MACHADO MORENO. ABOGADO NEIL TORREALBA, EN SU CONDICIÓN DE FISCAL TERCERO (3°) DEL MINISTERIO PÚBLICO. DEFENSOR PÚBLICO PENAL DE GUARDIA, ABOGADO TONY VIEIRA FERREIRA.
Resumen:
pronunciamientos:
PRIMERO: Se ordena, la continuación de la presente causa, bajo las reglas del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con los artículos 248, 249, 372 numeral 1 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal y se decretan los hechos como flagrantes.
SEGUNDO: Se decreta, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra los presuntos imputados CARLOS ASDRUBAL MACHADO MORENO y ROBINSON MIGUEL MACHADO MORENO, consistente en presentaciones periódicas, cada treinta (30) días por ante este Tribunal, a través de la Oficina de Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal, de conformidad con el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal. Se ordena la libertad desde la sala de audiencias.
Juez/Ponente:
Beatriz Josefina Ruiz Marín
Organo:
Tribunal Primero de Control
N° Expediente :
18102
N° Sentencia :
Fecha: 24/11/2008
Procedimiento: Rectificación De Acta De Matrimonio
Partes: OSCAR ALMEIDA DA SILVA Y CAMERO DE ALMEIDA DAMARIS
Resumen:
I I I
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Rectificación de Partida de Matrimonio intentada por ante este Despacho por los ciudadanos OSCAR ALMEIDA DA SILVA y CAMERO DE ALMEIDA DAMARIS y se ordena la rectificación del asiento respectivo en los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante la Prefectura del Municipio Leonardo infante del Estado Guárico, anotada bajo el Nº 209, de fecha 26 de Septiembre de 2003, en el sentido de que donde dice1) En la línea Nº 10 aparece que su representado es Vzolano, cuando lo correcto es y se escribe Venezolano. 2) En la línea Nº 11 aparece que el ciudadano OSCAR ALMEIDA DA SILVA, es natural de Ageda, cuando lo correcto es y así se indica en la partida de nacimiento que es natural de Freguesia de Travasso, Concelho de Agueda, Portugal. 3) En la línea 12 .....
Juez/Ponente:
José Alberto Bermejo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil