Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, donde aparece como presunto imputado el ciudadano SALAZAR OMAR ISRAEL, Venezolano, natural de esta ciudad, donde nació el día 13-06-1968, de 41 años de edad, de profesión u oficio Electricista Automotriz, de estado civil soltero, domiciliado en Carrera 09 cerca de la Pensión Galicia de esta ciudad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.266.622, por cuanto el hecho objeto del proceso no se realizo o no puede atribuírsele a imputado alguno, de conformidad al el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Diarícese. Publíquese. Déjese copia certificada de la presente decisión. Notifíquese a las partes. Cúmplase.