III.
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO, Y PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando Civil, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR, La Acción de Daños y Perjuicios intentada por el ciudadano JOSÉ MIGUEL MOTA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 836.529, domiciliado en el edificio CPM, Piso 1; Oficina 12; Cruce de las calles Gil Pulido con José Martí, Altagracia de Orituco, Municipio Monagas del Estado Guárico, en contra del ciudadano MANUEL LORENZO YANEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 1.874.370 y domiciliado en la Ciudad de Altagracia de Orituco, Municipio Autónomo José Tadeo Monagas del Estado Guárico. En consecuencia, se REVOCA la decisión de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en .....