D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expresadas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia (CIVIL), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: La EXTINCION DEL PRESENTE PROCESO de DIVORCIO que sigue la ciudadana NELLYS ROSARIO MORILLO DE TOVAR, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-12.904.340, domiciliada en esta ciudad de Calabozo, estado Guárico, debidamente asistida por el abogado JOHAN JOSÉ MEZA MOTA, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nº 217.585, contra el ciudadano JESÚS ALBERTO TOVAR MELÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.266.488, debido a la no comparecencia personal de la demandante al segundo acto conciliatorio del proceso, conforme a lo establecido en el artículo 756 .....