Se Declaró Con Lugar el Recurso de apelación ejercido por el Defensor Pública Penal Nº 02, en la condición de autos, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Mixto Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo, publicada el 19 de octubre de 2007, mediante la cual Condenó a la ciudadana Dulce María Soto, a cumplir la pena de Diecisiete (17) años de prisión por la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado en grado de complicidad correspectiva, por lo que por vía de consecuencia, se anula dicha sentencia y se ordena a un nuevo de juez de juicio distinto al fallador la celebración de un nuevo juicio oral, para que dicte fallo con prescindencia de los vicios aquí determinados. Se funda la decisión en los artículos 432, 433, 435, 436, 451, 452.2, 453, 454, 455, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.