Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano MIGUEL ANGEL GUZMAN SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-11.633.862, representado por los profesionales del derecho, ciudadanos JUAN VICENTE QUINTANA CONTRERA y ONELLA YSABEL PADRON ALVAREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V.-8.791.467 y V.-10.979.349 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 107.703 y 107.707, respectivamente, en contra de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA HERMANOS ZHENG y del ciudadano RICHARD ZHENG WU, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Ident.....