PRIMERO: Decreta Libertad Plena al ciudadano: Hugo Francisco Muñoz Cedeño, venezolano, mayor de edad, natural Villa de Cura, Estado Aragua, donde nació en fecha 30-06-1985, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.616.822, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Barrio Pariapán, Callejón Los Olivos, Casa N° 33, de esta ciudad.
SEGUNDO: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano Ezequiel Manzano, venezolano, mayor de edad, natural San Juan de los Morros, Estado Guárico, donde nació en fecha 21-02-1976, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.147.975, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Pariapán, Callejón Los Olivos, Casa N° 32, de esta ciudad; consistentes en presentaciones periódicas cada treinta (30) días por ante este juzgado, de conformidad a lo establecido en los numeral 3 del artículo256 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Declara Sin Lugar la solicitud de la defe.....