PRIMERO: Se CONFIRMA la Sentencia recurrida, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 04 de Agosto del año 2.004. En consecuencia, se declara CON LUGAR la Solicitud de Interdicción Definitiva intentada por la Ciudadana HERMES JOSÉ MUÑOZ DE MARTELO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° 844.125, de profesión licenciada en farmacia, domiciliada en la Ciudad del Sombrero, Estado Guárico, con relación a su hija BRIGITTE MIJANOUF MARTELO MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliado en la Ciudad del Sombrero, Estado Guárico, y titular de la Cédula de Identidad N° 9.107.298. En consecuencia, se declara como Tutora Definitiva de la Ciudadana BRIGITTE MIJANOUF MARTELO MUÑOZ, a la solicitante HERMES JOSÉ MUÑOZ DE MARTELO, supra identificada y, como integrantes del Consejo de Tutela a los ciudadanos MARLINGTON MARTELO MUÑOZ; FRANCIA MUÑ.....