PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 314 en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, el archivo de las actuaciones del proceso que se le sigue al Ciudadano JESUS ALEXANDER TOVAR, quién es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañíl, residenciado en el Barrio Las Dinamitas, Calle 2 con Calle 3, Casa sin número de esta Ciudad y titular de la Cédula de Identidad N° V-18.220.040, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454, ordinal 7° del vigente Código Penal en el cual aparece como Víctima ¿CONSTRUCCIONES Y MATERIALES LOBATON C.A¿.
SEGUNDO: El cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial de la Libertad, dictada en fecha 12 de Octubre del 2.002 a favor del Ciudadano JESUS ALEXANDER TOVAR, por acordarse a su favor uno de los ACTOS CONCLUSIVOS DE LA FASE PREPARATORIA, como lo fue el ARCHIVO FISCAL, de conformidad co.....