PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte Ejecutada Ciudadana AMATISTA HERNÁNDEZ CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.388.140 y domiciliada en la Avenida Bolívar N° 24 en San Juan de Los Morros, Estado Guárico y se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 30 de Mayo del año 2.006. Se declara SIN LUGAR, la oposición a la ejecución formulada por la recurrente y así se establece.
SEGUNDO: Por cuanto se confirma en su totalidad el fallo de la recurrida, de conformidad con el Artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se le condena a la recurrente al pago de las COSTAS del recurso y así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil,.....