Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su Competencia Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: JOSE OMAR GARCIA CONTRERAS, Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.033.699, de este domicilio, a su legítima esposa ciudadana: JUANA DEL CARMEN ZAPATA DE GARCIA, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.769.335, y a su legítimo hijo ciudadano GENSIN NASARETH GARCIA ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.912.536, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros, conforme a expresas disposiciones de la Ley. Así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.- DÉJESE CONSTANCIA EN EL.....