PRIMERO: Se CONDENA; al ciudadano FRANKLIN RAMÓN MARÍN MÉRIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.-18.643.631, nacido el día 20-10-83, de 24 años de edad, natural de Mariara, Estado Carabobo, de profesión u oficio agricultor, soltero, domiciliado en Sector El Terminal, calle Los Laureles, casa S/N, Zaraza, Estado Guárico, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS, SEIS (06) MESES, VEINTIDOS (22) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, con aplicación del artículo 37 y 82 Y 88 todos del texto sustantivo penal por encontrarlo culpable en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 458 en concordancia con el 80 ambos del Código Penal venezolano, 277 y 218 numeral 1 ejusdem, en agravio al ciudadano JOSE VICENTE PAEZ y EL ESTADO VENEZOLANO, dado que existieron elementos de pruebas suficientes en el juicio oral y publico que determinaron su autor.....