Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se declara improcedente la solicitud de la defensa Técnica de que se le apertura el procedimiento de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a favor de penado ALEXIS BANDRES CÓRDOVA, venezolano, nacido en fecha 23-03-1967, en San Francisco De Macaira Estado Guarico, de 42 años, soltero, maestro de obra, hijo de Maria Córdova y de Manuel José Bandres, residenciado Sector Aeropuerto, Calle Libertad, Casa Nº 40 San Juan de Los Morros Estado Guárico y titular de la cédula de identidad N° 10.180.740, en virtud de que se le sustituyó la pena de prisión por trabajo comunitario al referido penado, todo de conformidad con lo establecido en el ar.....