DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado de Primero de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por imperio de la Ley, declara PRESCRITA LA PENA que le fuera impuesta al penado VIVAS FREDDY JESÚS, titular de la cédula de identidad N° V-12535863, venezolano, natural de Sombrero, Estado Guárico, de 33 años de edad, nacido el 19-04-1973, soltero, profesión u oficio: obrero, residenciado en calle Unión, Barrio el Cementerio, casa n° 42-09, El Sombrero, Estado Guárico hijo de Juan Vicente Rodríguez y Maria Yolanda Vivas; quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS de prisión por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 3 del Código Penal vigente para la fecha de la comisión del delito, en fecha 09-08-2.006, a la fecha Tres (03) Años Cinco (05) Meses y dieciocho (18) Días; t.....