Es por lo que este Tribunal de Ejecución N°. 01 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA lA LIBERTAD PLENA del Ciudadano REYES WILMER JOSE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. 13.154.641, Soltero, Obrero, residenciado en Sector El Matadero, Callejón El Caro, Casa S/N, Valle de la Pascua, Estado Guárico, actualmente en libertad por encontrarse bajo Confinamiento, por cumplimiento definitivo de pena. Igualmente en lo que respecta a la pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad, el Ciudadano WILMER JOSE REYES, deberá cumplir con la obligación de dar cuenta a los respectivos Jefes Civiles de los Municipios donde resida o por donde transite, de su salida y llegada a estos a los fines de dar cumplimiento a la mencionada pena accesoria, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 22 del Código Penal, la cual finalizará el día 12-07-2008. Cítese al penado a los fines de su notificación. Notif.....