DISPOSITIVA: Con fuerza en las motivaciones precedentes, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación ejercido por las abogadas MINERVA RONDÓN y MARYNED THAYMID GONZÁLEZ, defensoras privadas del ciudadano JESÚS EDUARDO MEDINA ANGARITA, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Segundo (2º) de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, de fecha 08 de agosto de 2016, y fundamentada en fecha 09 de agosto de 2016, que, entre otros pronunciamientos, ratificó la privación de libertad al prenombrado justiciable, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, Extorsión y Asociación para Delinquir, tipificados, el primero, en el ar.....